La Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid para 2009 contempla la posibilidad de deducirse un 10% de los gastos realizados en concepto de escolarización obligatoria (Primaria y Secundaria), gastos complementarios y enseñanza de idiomas. Esta deducción, que tendrá un límite máximo de 500 euros por hijo que conviva con el contribuyente, se realizará sobre los gastos generados en el 2009, en la declaración de la renta que presentaremos el próximo año.
Por lo tanto, necesitaremos pedir y conservar facturas y recibos de: cuotas de escolarización en colegios privados y concertados, uniformes del colegio y academias de enseñanza de idiomas. Sobre el importe resultante de sumar todos estos gastos se calculará la deducción y, aunque no es necesario presentar la documentación junto a la declaración, sí pueden solicitárnosla en caso de inspección fiscal.


